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Condena a Agrosuper, Ariztía, Don Pollo y APA por colusión

26 September 2014

CHILE - El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) condena a Agrosuper, Ariztía, Don Pollo y a la Asociación de Productores Avícolas, por colusión en el mercado de carne de pollo. Estableció la existencia de un acuerdo de asignación de cuotas de producción de pollo que restringió la oferta de dicho producto por más de 15 años.

Según informó el TDLC, en decisión unánime, el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia acogió el requerimiento presentado en noviembre de 2011 por la Fiscalía Nacional Económica (FNE), declarando que Agrosuper S.A. (Agrosuper), Empresas Ariztía S.A. (Ariztía) y Agrícola Don Pollo Limitada (Don Pollo), por intermedio de la Asociación de Productores Avícolas de Chile A.G. (APA), se coludieron acordando limitar la producción de carne de pollo ofrecida al mercado nacional y asignándose cuotas en el mercado de producción y comercialización de dicho producto, infringiendo el artículo 3° letra a) del D.L. N° 211, según el texto vigente luego de la modificación incorporada por la Ley N° 20.361, con costas.

La sentencia estableció la existencia del acuerdo ilícito mediante correos electrónicos y otra evidencia de coordinación entre las empresas avícolas requeridas incautada por la FNE.

El acuerdo entre las avícolas requeridas, que concentran sobre el 80% de la oferta de carne de pollo a nivel nacional, consistió en proyectar la demanda futura de pollo y asignar cuotas de producción.

También dio por acreditado que la APA tuvo un importante rol en la coordinación, ejecución y fiscalización de cumplimiento del acuerdo.

El Tribunal señaló que existe abundante evidencia de que las avícolas requeridas, mediante las proyecciones de demanda elaboradas en conjunto con la APA, perseguían al rango en el que pretendían que fluctuaran los precios de la carne de pollo, a través de la definición coordinada de un determinado nivel de producción.

Este último ejercicio constituyó a todas luces una colusión, entendida como un acuerdo respecto de la cantidad a producir, con miras a alcanzar determinados precios o rangos de precios, restringiendo o suprimiendo la competencia entre sus partícipes.

Durante cada año, el acuerdo fue controlado o ajustado mediante sugerencias de carga, matanza de crías u otras políticas o mecanismos coordinados.

La sentencia condenó a Agrosuper y Ariztía al pago de la multa máxima establecida por la ley, esto es 30.000 Unidades Tributarias Anuales, en tanto que a Don Pollo le aplicó una multa de 12.000 Unidades Tributarias Anuales, que equivalen a cerca de US$ 25 millones y US$ 10 millones, respectivamente.

Asimismo, ordenó la disolución de la Asociación de Productores Avícolas de Chile que actuaba como coordinadora del cartel. Finalmente, impuso solo a Agrosuper la obligación de consultar previamente cualquier operación de concentración en este mercado en la que participen.

Concurrieron al acuerdo los exministros Butelmann y Depolo, quienes estuvieron por imponer a Don Pollo una multa de 30.000 UTA; obligar a todas las avícolas requeridas a consultar previamente cualquier operación de concentración en este mercado en la que participen así como su participación en nuevas asociaciones gremiales; y, obligarlas a someterse a un programa de cumplimiento de la normativa de defensa de la libre competencia por 5 años.

Puede leer el texto completo de la sentencia al hacer clic aquí.

Según el diario La Tercera,  la avícola Ariztía se refirió al dictamen, señalando que hará todo lo posible para revertir el fallo.

"Empresas Ariztía ejercerá todos los derechos que le confieren la Constitución y las leyes para revertir este fallo", señaló la empresa a través de un comunicado.

Además señalan que desde sus inicio Ariztía ha actuado "con pleno apego a las leyes y reglamentos que rigen los mercados productivos nacionales".

Según La Nación, la empresa avícola Agrosuper anunció pocas horas después de conocido el fallo que acudirá hasta la Corte Suprema para revertir el dictamen.

“Agrosuper ha tomado conocimiento del fallo de primera instancia del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) en relación al requerimiento realizado por la Fiscalía Nacional Económica (FNE)”, dijo la empresa en un comunicado.

“Lamentamos profundamente el fallo ya que, como hemos señalado, Agrosuper nunca participó del acuerdo imputado por la FNE. Nos sorprende que los argumentos técnicos, económicos y jurídicos entregados por connotados economistas, abogados y entidades expertas, que refutan cada una de las líneas argumentales sostenidas por la Fiscalía, no hayan sido tomados en cuenta”, agrega.

Según Diario Financiero, también APA recurrirá la resolución. Felipe Vial, abogado de la entidad, sostuvo que no están de acuerdo con la resolución del Tribunal y que estudiarán las acciones jurídicas a seguir.

"No estamos de acuerdo con la resolución del Tribunal. Naturalmente vamos a estudiar sus fundamentos, es un fallo voluminoso, pero presentaremos los recursos correspondientes en las oportunidades procesales".

Por otro lado, el Nacional Económico, Felipe Irarrázabal, valoró las multas establecidas por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia. Destacó la necesidad de perfeccionar el sistema, de modo tal que las sanciones para quienes participan de un cartel sean más disuasivas.

“Estamos enormemente satisfechos con la sentencia del TDLC. Este ha sido, a nuestro juicio, el cartel más grande que el sistema de libre competencia haya tratado de desbaratar en Chile, desde su creación en 1959”, señaló en el diario La Tercera.

Del equipo de redacción de ElSitioAvícola



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